El concejal de Economía, Hacienda y Régimen Interior, Isidro Abellán ha destacado que “esta sentencia da la razón al Ayuntamiento y evidencia que a los concejales no se les privó de la posibilidad de debatir las alegaciones, ni de votar en contra de la aprobación definitiva del texto, por lo que deja también claro que, en ningún momento, se vulneraron los derechos fundamentales de los ediles”.
El concejal de Economía, Hacienda y Régimen Interior del Ayuntamiento de Lorca, Isidro Abellán, ha informado, esta mañana, que “el Ayuntamiento ha tenido conocimiento del fallo de la Sala de lo Contenciosos Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por el cual desestima el recurso interpuesto por los concejales de Izquierda Unida – Verdes en el Consistorio lorquino contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Lorca, celebrado el 28 de diciembre de 2020, mediante el cual se aprobó la modificación de ordenanzas para el ejercicio 2021, y concretamente, la disposición transitoria de la ordenanza reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles por ser la misma conforme a derecho”.
El concejal de Economía, Hacienda y Régimen Interior hay recordado que “los ediles de IU-V interpusieron un recurso contra el Ayuntamiento de Lorca por introducir el Equipo de Gobierno una bonificación del 75% en la cuota del impuesto de Bienes Inmueble a aquellos locales que desarrollaran actividades económicas de comercio minorista y o de hostelería y cuya apertura había quedado suspendida con motivo de la pandemia”.
Isidro Abellán ha indicado que “IU solicitaba que se declarase nulo dicho acuerdo de Pleno y que quedase sin efecto, pues argumentaban que se habían vulnerado los derechos fundamentales de los conejales del Pleno por no votarse por separado las 26 alegaciones presentadas a la modificación propuesta en la ordenanza del IBI”.
Abellán Chicano ha apuntado que “el TSJ, en su sentencia evidencia, que a los concejales no se les privó de la posibilidad de debatir las alegaciones, ni de votar en contra de la aprobación definitiva del texto, por lo que deja también claro que, en ningún momento, se vulneraron los derechos fundamentales de los ediles”.
El Primer edil ha destacado que “en ningún momento se ha discriminado a los comerciantes y hosteleros y ha quedado más que demostrado que las pretensiones del equipo de Gobierno no eran otras que las de ayudar a los profesionales que peor lo estaban pasando, a consecuencia de la pandemia, algo que ha sido avalado con esta sentencia”.
El edil de Economía, Hacienda y Régimen Interior ha insistido en que “desde el equipo de Gobierno seguimos trabajando, de manera incansable, en beneficio de los lorquinos y lorquinas, y a pesar de las piedras en el camino que intentan poner, nuestra labor queda avaladas por esta sentencia conocida hace unos días”.
Y ha vuelto a alabar “el trabajo desempeñado desde los servicios jurídicos de este Ayuntamiento, cuya labor ha quedado respaldada con este fallo, como también ocurrió hace unas semanas a la hora de informar negativamente el procedimiento seguido para la celebración del evento de promoción turística de nuestra Semana Santa que se iba a celebrar en Madrid, el 28 de febrero, lo que propició su paralización por parte del alcalde, por lo que no nos queda más que ensalzar su trabajo cuyo objetivo es el beneficio común de todos los lorquinos”.