Lorca continúa dando pasos firmes hacia la recuperación económica, residencial y estética de su casco histórico. El próximo Pleno Municipal, que se celebrará el 26 de octubre de 2026, aprobará la declaración de incumplimiento del deber de edificar y la subasta pública de cuatro solares que no han acreditado su voluntad de construir pese a los plazos concedidos. Esta medida, tramitada por el Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento, se ampara en la Ley 13/2015 de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia (LOTURM), permitiendo que los terrenos se adjudiquen a terceros que garanticen su edificación rápida y eficaz, evitando así la degradación urbanística del entorno monumental.
Los cuatro solares que saldrán a subasta se ubican en el eje del Puente de la Alberca y la calle Santo Domingo, concretamente en la parcela de la calle Puerta de San Ginés y Los Tintes (parcela 2), el solar de la calle Los Tintes (parcela 3), la parcela comercial y residencial de la calle Santo Domingo (parcela 6) y el solar de la calle Arquillo (parcela 8). La edil de Urbanismo, María Hernández, destacó que esta acción forma parte de un compromiso institucional para que los solares consolidados del recinto histórico cumplan con su función social, impulsando la edificación residencial y dinamizando el corazón de Lorca mediante una regeneración urbana sostenible.
Paralelamente, la Junta de Gobierno Local aprobó el pasado 9 de octubre de 2026 el inicio de nuevos expedientes para otros solares estratégicos en Juan de Toledo, pertenecientes al eje Puente La Alberca-Calle Santo Domingo y al eje Calle Nogalte-Lope Gisbert. Estos incluyen la calle Juan de Toledo, 5 (Parcela 10) y la calle Juan de Toledo, 4 (Parcela 1). Con la incoación de estos nuevos expedientes, el Ayuntamiento abre los trámites preceptivos de audiencia a los titulares e información pública, reafirmando su compromiso con la recuperación del tejido urbano.
La edil recordó que 15 años después de los terremotos del 11 de mayo de 2011, Lorca sigue afrontando uno de sus mayores retos urbanísticos y patrimoniales: la recuperación definitiva del casco histórico tras las demoliciones provocadas por los daños sísmicos. Las demoliciones ejecutadas al amparo de los expedientes de declaración de ruina inminente generaron un número significativo de solares en el tejido urbano del casco histórico, especialmente en el Recinto Histórico Protegido, declarado Conjunto Histórico-Artístico en 1964 y sujeto al Plan Especial de Protección y Rehabilitación Integral (PEPRI), aprobado en 2000.
De los más de 107 solares vacíos contabilizados por el servicio de Urbanismo municipal en la zona monumental, 86 fueron generados directamente a partir de los terremotos de mayo de 2011. Solo 3 existían antes de la aprobación del PEPRI, y los 104 restantes surgieron posteriormente. A los solares producto de demoliciones por ruina inminente se sumaron fachadas “apeadas” con estructuras metálicas y hormigón, que durante más de una década configuraron una imagen de deterioro en las principales calles del casco antiguo.
María Hernández subrayó que el fundamento legal de las actuaciones descansa en el artículo 49.1 de la Ley del Suelo, que permite a la Administración decretar la ejecución subsidiaria, la expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad o la venta forzosa ante el incumplimiento de los deberes urbanísticos. Además, el artículo 235 de la Ley del Suelo establece que los propietarios de parcelas tienen la obligación de edificarlas en los plazos previstos por el planeamiento o, en su defecto, en un plazo de cinco años desde que la parcela merezca la condición de solar. El PEPRI vigente fijaba un plazo máximo de 10 años desde su entrada en vigor, plazo ampliamente superado.
Para más información:
Plaza de España, 1 | Telf.: 968 479 742 | prensaayuntamientolorca@gmail.com | www.lorca.es
