La principal novedad es que a partir de que ocho personas se empadronen en una misma vivienda, se establece la obligatoriedad de comprobación física tanto de la residencia efectiva de dichas personas como de las condiciones de habitabilidad, si son adecuadas a ese número de habitantes.
El alcalde de Lorca en funciones, Diego José Mateos, y el concejal de Estadística en funciones, Isidro Abellán, han anunciado la entrada en vigor de la Ordenanza Reguladora de la Gestión del Padrón Municipal de Habitantes.
Mateos ha explicado que “ya está en vigor la nueva Ordenanza Reguladora de la Gestión del Padrón Municipal de Habitantes y el procedimiento sancionador para los incumplimientos del mismo. Una normativa con la que el Consistorio implementa los instrumentos necesarios para regular y actuar para el correcto cumplimiento de la normativa en torno al Padrón Municipal”.
“Se trata de una herramienta pionera en la Región de Murcia que trabajará para suplir una laguna normativa como es la no disposición de instrumentos jurídicos suficientes para hacer una regulación de los incumplimientos que se están dando en cuanto al empadronamiento de personas”.
El Primer edil en funciones ha destacado que “la principal novedad es que a partir de que ocho personas se empadronen en una misma vivienda, de entre 80 y 100 metros cuadrados, se establece la obligatoriedad de comprobación física tanto de la residencia efectiva de dichas personas como de las condiciones de habitabilidad, si son adecuadas a ese número de habitantes”.
“Además, se establece un régimen sancionador para casos de incumplimiento, sanciones tanto para los propietarios de las viviendas como para los moradores de las mismas. Un régimen sancionador aplicable a las infracciones por el incumplimiento de las obligaciones incluidas en el Padrón de Habitantes, que distinguen entre infracciones leves, graves y muy graves y que van desde los 750 hasta los 3.000 euros”.
Mateos Molina ha apuntado que “las infracciones leves que van a ser más perseguidas y sancionadas serán por parte de los moradores la instrucción de dos expedientes de baja de una misma persona o la inscripción indebida por falta de veracidad del domicilio o, en el caso del propietario, si se falta a la verdad en la declaración sobre el domicilio de otra persona”.
“En el caso de las graves sería la tramitación de tres expedientes de baja de una misma persona o el propietario que falte reiteradamente a la verdad en la exposición de los distintos datos. Y las muy graves se sancionarían con cuatro expedientes de baja de una misma persona o en caso de que haya una detención de falsedad documental”.
El alcalde de Lorca en funciones ha destacado que “la creación de esta normativa se debe a la necesidad de control relativa a los empadronamientos, pues se ha detectado el hacinamiento en viviendas y el empadronamiento irregular en la ciudad y en las pedanías, y para ello necesitábamos establecer estos instrumentos de acción que van a ayudar a los servicios de Estadística, con la ayuda de Policía Local, para hacer estas inspecciones y poner orden en una situación que se está dando cada vez más en nuestro término municipal”.
“Comenzamos los trabajos en septiembre de 2022, del 19 de octubre y 2 de noviembre la consulta previa al documento estuvo publicada tanto en la página web del Ayuntamiento como en el portal de transparencia municipal, donde se establecían los aspectos básicos que se pretenden regular y, esta misma mañana, se ha publicado el borrador con el texto íntegro de la ordenanza en estos mismos espacios”.
Por último, Diego José Mateos ha puesto de manifiesto que “el rápido crecimiento de la población de nuestra ciudad que se ha producido en estos dos últimos años ha supuesto un auténtico reto para la gestión del Padrón Municipal de Habitantes y, por ello, hemos trabajado para dotar al Ayuntamiento de Lorca de una ordenanza con la que dar instrumentos a la administración pública para llevar a cabo este control”.