La medida entra en el tercer plan del Gobierno para mitigar los efectos de la inflación
En este año 2022, un hogar medio afronta un sobrecoste anual de 830 euros solo en la cesta de compra, según un estudio publicado de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), los alimentos presentan una subida récord del 15,3%.
Por esta razón,el Gobierno de España ha realizado unas series de medidas de protección de los consumidores y para proteger a las familias más vulnerables que se aprobaron este martes durante el Consejo de Ministros un tercer plan de crisis. Un paquete que continúa con los objetivos de los anteriores de mitigar los efectos de la inflación, provocados por la pandemia y la guerra de Ucrania, en el cual se prorrogan algunas de las medidas que terminaban este 31 de diciembre, y también se incorporan otras nuevas, como el fin del IVA de los alimentos de primera necesidad o el cheque-comida.
Como parte de las distintas medidas dictadas y con el fin de aliviar la subida de los alimentos, se acordó el cheque-comida, un bono de ayuda que podrá beneficiar a más de cuatro millones de españoles que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.
Según la publicación del Real Decreto-Ley 20/2022, los beneficiarios de esta ayuda, en pago único, de 200 euros de cuantía serán las personas físicas que durante el ejercicio 2022 hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo. Por otro lado, las familias que tendrán derecho al cheque deberán haber percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 75.000,00 euros anuales a 31 de diciembre de 2022.
La solicitud se podrá presentar en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico que estará a disposición del ciudadano desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023 en el que, necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono.
La ayuda de los 200 euros se abonará mediante transferencia bancari entendiéndo la notificación el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia. Cuando, la solicitud ya esté presentada y la información que disponga la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la sede electrónica.