- Un dron no es un simple juguete; se considera una aeronave y está regulado por una normativa específica que debe cumplirse.
-
Esta regulación es obligatoria para todos los drones, incluso para los que pesan menos de 250 gramos.
-
La normativa vigente se encuentra recogida en el Real Decreto 517/2024 sobre UAS, que regula todos los aspectos relativos al uso de drones.
23 de octubre de 2025. La Jefatura Superior de la Policía Nacional en la Región de Murcia recuerda a la ciudadanía las pautas y aclaraciones sobre el uso de drones, especialmente en áreas urbanas, por el riesgo que implican los vuelos sobre personas y bienes. Muchas de estas operaciones quedan fuera de la categoría abierta y requieren realizarse bajo la categoría específica en escenarios estándar, reservados a pilotos certificados con requisitos adicionales.
Antes de usar un dron, es clave diferenciar entre un juguete y una aeronave no tripulada. Los juguetes están identificados como tal según la normativa europea; un dron o UAS está considerado aeronave y su uso se encuentra regulado a nivel nacional desde el 25 de junio de 2024.
La expansión del uso de drones ha venido acompañada de numerosas infracciones, en las que muchos usuarios alegan desconocimiento de la normativa. Por ello, la Policía Nacional recuerda que el espacio aéreo es compartido con la aviación tripulada y que la prioridad es la seguridad, tanto evitando colisiones en el aire como daños personales o materiales en tierra.
La mejor forma de evitar incumplimientos es consultar, antes de volar, la web oficial “ENAIRE drones” para conocer las posibles restricciones. En zonas urbanas, estas restricciones suelen ser frecuentes por la presencia de infraestructuras críticas como aeropuertos, helipuertos de hospitales y otras instalaciones que impiden el vuelo.
Clasificación de drones
Existen tres categorías: abierta, específica y certificada.
-
La categoría abierta agrupa las operaciones recreativas de nuevos pilotos y usuarios amateurs o profesionales de bajo perfil, que constituyen la mayoría.
-
Los vuelos en categoría abierta no requieren autorización previa ni declaración operacional; sólo están permitidos si no hay riesgos ni restricciones, no se supera la altitud de 120 metros y el dron permanece siempre bajo contacto visual del piloto.
-
La categoría específica está reservada a pilotos acreditados, quienes requieren una autorización operacional emitida por la autoridad competente.
-
La categoría certificada exige que el UAS esté certificado conforme al Reglamento Delegado de la UE, así como la certificación del operador y, cuando proceda, la licencia específica para el piloto.
Requisitos y límites para vuelo en categoría abierta:
-
Para vuelos urbanos se debe comunicar el plan de vuelo al Ministerio del Interior con al menos cinco días de antelación.
-
Está prohibido volar sobre concentraciones de personas.
-
Para sobrevolar edificios, se requiere el permiso expreso del propietario, respetando la privacidad de las personas.
-
Se debe mantener una distancia horizontal de al menos 10 metros respecto a edificios y otras estructuras.
-
Nunca superar los 120 metros de altura.
-
El piloto debe mantener siempre contacto visual directo con el dron (VLOS).
-
En espacio aéreo controlado, la altitud máxima permitida es de 60 metros.
Sanciones
El incumplimiento de la Ley de Seguridad Aérea sobre el vuelo de drones puede conllevar sanciones que oscilan entre los 60 y los 225.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Gestión de permisos para poder volar
-
Es obligatorio registrarse como operador en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y obtener un número de operador.
-
El dron y el mando de control deben estar identificados con su número de serie y los datos de contacto del propietario, visibles en ambos elementos.
-
Algunos modelos requieren activar y rellenar la “Identificación a distancia directa”, un sistema que emite información sobre la aeronave en funcionamiento.
-
Según la categoría y el tipo de vuelo, es posible que se requiera formación específica y permisos adicionales de AESA.
-
Revisar siempre las geozonas y áreas restringidas en aplicaciones oficiales como ENAIRE Drones; para vuelos próximos a zonas de control como la Base Aérea de San Javier o Alcantarilla, puede ser necesaria una coordinación añadida.
La Policía Nacional, como garante de la seguridad pública, subraya la responsabilidad del piloto a distancia, quien debe conocer y cumplir la normativa vigente en todo momento. Asimismo, recuerda la posible presencia de otras aeronaves, servicios de emergencia y operaciones policiales en entornos urbanos.